En WebPay, Transferencia Bancaria, Sucursales Comercial SOCOEPA.
A nombre de Cooperativa Eléctrica Paillaco Limitada
Debe dirigirse a la dirección Pérez Rosales 1167, Paillaco.
La Legislación vigente (Decreto Supremo N° 327, artículo 147) establece que el concesionario podrá suspender el suministro en caso que un servicio se encuentre impago, después de haber transcurrido 45 días desde el vencimiento de la primera boleta o factura impaga. La notificación se realiza a través de la boleta o factura que incluyen el saldo no pagado.
Debe acercarse a una oficina comercial a pagar la cuenta o a suscribir un convenio de pago de la deuda.
Necesita acercarse a la oficina comercial con una autorización notarial simple del dueño de la propiedad o con una copia de la escritura de la propiedad.
Necesita los siguientes documentos:
- RUT de la empresa.
- Copia de última factura emitida por SOCOEPA
- Fotocopia de la cédula de identidad de la persona que solicita el cambio.
Necesita los siguientes documentos:
- RUT de la empresa.
- Copia de última factura emitida por SOCOEPA.
- Fotocopia de la cédula de identidad de la persona que solicita el cambio.
Se cobra la energía mensual consumida de acuerdo a una tarifa regulada, más el cargo fijo.
Corresponde a su consumo mensual de energía medida en kWh.
No debe existir un empalme eléctrico en el inmueble. En el caso que haya existido un empalme en la propiedad, no debe haber deudas por suministro eléctrico. La instalación debe ser solicitada por el dueño del inmueble.
Además, necesitará los siguientes documentos:
- Certificado de dominio vigente de la propiedad
- Declaración de la Instalación Eléctrica Interior (TE 1) de SEC.
- Formulario contrato de suministro
- Factura/boleta de compra del medidor
- Fotocopia de RUT
Debe dirigirse a las oficinas comerciales y allí completar el formulario de solicitud correspondiente.
Porque en los meses de invierno se requiere una mayor capacidad de las redes eléctricas para hacer frente al aumento del consumo. Por esto, la ley faculta a la empresa a cobrar el costo que resulte generar más potencia.
No debe existir un empalme eléctrico en el inmueble. En el caso que haya existido un empalme en la propiedad, no debe haber deudas por suministro eléctrico. La instalación debe ser solicitada por el dueño del inmueble.
Además, necesitará los siguientes documentos:
- Certificado de dominio vigente de la propiedad.
- Declaración de la Instalación Eléctrica Interior (TE 1) de SEC.
- Formulario contrato de suministro.
- Factura/boleta de compra del medidor.
- Fotocopia de RUT.
Debe dirigirse a las oficinas comerciales y allí completar el formulario de solicitud correspondiente.
Porque en los meses de invierno se requiere una mayor capacidad de las redes eléctricas para hacer frente al aumento del consumo. Por esto, la ley faculta a la empresa a cobrar el costo que resulte generar más potencia.
Sociedad formada por productores, vendedores o consumidores con el fin de producir, comprar o vender de un modo que resulte más ventajoso para todos.
- Indicar número de cliente a modificar.
- Copia dominio vigente actualizado (antigüedad menor a 6 meses) a nombre de un solo dueño si hay más dueños del terreno acompañarlo de autorizaciones notariales.
- Copia cedula de identidad por ambos lados.
- Completar formulario.
- No tener deuda en servicio a modificar.
- Certificado de defunción si es el caso.