Se considera Electrodependiente a un paciente con hospitalización domiciliaria, el cual necesita estar conectado a un elemento de uso médico que requiere un suministro eléctrico continuo, sin el cual la persona se encontraría en riesgo vital o con riesgo de secuelas funcionales graves. No se consideran pacientes Electrodependientes con hospitalización domiciliaria a aquellos que tengan su residencia o domicilio en instituciones o establecimientos que presten servicios de casa-habitación, ya sea de manera permanente o transitoria, tales como Asilos de Ancianos, Casas de Reposo, Residencias denominadas Senior Suites o cualquiera que cumpla funciones similares o quienes requieren únicamente el uso de elementos externos a los cuales no se encuentren físicamente conectados, tales como: refrigeradores, congeladores, equipos de climatización, etc.
Es necesario registrarse para acceder a los beneficios que tienen los pacientes Electrodependiente con hospitalización domiciliaria tras la implementación del convenio firmado las Compañías Distribuidoras de Electricidad, y el Ministerio de Energía.
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Este documento se rellena con la información que entregue el médico tratante. Aquí es importante recalcar al cliente, que este documento debe venir con las firmas y timbres correspondientes (médico y encargado del recinto médico)
Este documento debe venir con información del cliente Electrodependiente y su tutor mayor de edad (familiar, persona de confianza, etc).
Estos documentos deben ser entregados vía correo a scooperativa@socoepa.cl. Si el cliente los entregara fisicamente se solicita hacerlos llegar a casa matriz en Perez Rosales #1167, Paillaco. Cualquier otra consulta favor llamar al 632421511.
Los documentos pueden ser descargados desde:
http://www.sec.cl/electrodependientes.html